Según un estudio elaborado por el Instituto Aviva, un 35,6% de la ciudadanía no entiende los conceptos incluidos en su nómina. Es preocupante el hecho de que una buena parte de la población no sea capaz de comprobar si lo que le están pagando es lo estipulado según convenio, o si es lo estipulado según los acuerdos llegados con la empresa, puesto no que basta con ver que el dinero que te llega es el que te han prometido, ya que si en lugar de ponértelo en el salario base te lo ponen en complementos, te lo pueden quitar cuando ellos quieran.

Para que a vosotros no os pase os damos una breve explicación de lo que significa cada concepto de la nómina:

  1. Salario base: es el salario mínimo pactado con la empresa y que no puede ser inferior de lo que marca el convenio para nuestra categoría profesional.
  2. Antigüedad: trienios, quinquenios… se incrementa cada cierto número de años y supone un porcentaje del salario base.
  3. Complementos: plus absorbible, complemento a cuenta del convenio, mejoras voluntarias… Complementan el salario base y la empresa tiene total libertad para modificarlos o incluso quitarlos.
  4. Pagos en especie: tickets restaurante, seguro médico, cheques guardería… No pueden superar el 30% del total de ingresos.
  5. Deducciones: Lo paga la empresa en nombre del trabajador.
  • Impuestos (IRPF): un porcentaje de tu remuneración (salario base + antigüedad + complementos) que crece a medida que cobras más y que también varía según la situación personal de cada uno.
  • Seguridad Social: es la cuota que paga la empresa de parte del trabajador, el cual va cotizando para un posible desempleo o para la jubilación.
  1. Salario neto mensual: (1+2+3) – 5. Es el dinero que realmente percibimos.
  2. Salario bruto anual: sale de multiplicar por 12 el total, que es la suma de la remuneración (1+2+3+4), más la prorrata pagas extra.

El salario bruto anual es la cantidad que debemos tener en cuenta a la hora de calcular porcentajes de subida salarial o cuando queremos buscar otro empleo. El salario base nunca debe ser inferior al salario mínimo interprofesional fijado para ese año.

Ahora ya tenéis unas pautas que os pueden ayudar a entender vuestra nómina, y si aún tienes dudas consultanos!

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