En el nuevo marco normativo laboral aprobado por El Consejo de Ministros para las empleadas de hogar se incluye 2 principales novedades.

La primera es la obligatoriedad de cotizar por desempleo y Fogasa desde el próximo 1 de octubre, tanto para el empleador como para la trabajadora (que en un 95% son mujeres).

Esto supone un incremento del coste para los empleadores, y un aumento de derechos para las empleadas, sin embargo, el SEPE bonificará el 80% de estas nuevas cotizaciones para mitigar su impacto en la economía familiar de los empleadores. En principio, esta modificación en las cotizaciones que entrará en vigor el próximo 1 de octubre se hará de oficio desde la Seguridad Social.

También se confirma que se mantendrán las actuales reducciones y bonificaciones para los empleadores, y que se prevé, además, que en el plazo de 6 meses se incrementen los tramos de bonificación en función de la composición del hogar y los niveles de renta y patrimonio, para conseguir un aumento del número de beneficiarios.

La norma establece también la cobertura del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) para este colectivo, que estará también bonificada al 80%. De esta forma, las empleadas de hogar cuyas familias se declaren insolventes podrán reclamar sus salarios e indemnizaciones a FOGASA.

La segunda principal novedad para este colectivo es que hasta ahora el empleador podía rescindir el contrato sin ningún tipo de justificación, pero con la nueva normativa, se deberán acreditar los motivos por los que se lleva a cabo la rescisión del contrato, dotando a la empleada del hogar de más estabilidad y tranquilidad en el trabajo.

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